En el marco del proyecto “Prevención de la Violencia de Género y mejora de la Salud Sexual y Reproductiva de las mujeres en 10 comunidades de El Viejo, Chinandega (Nicaragua) Fase 2” cofinanciado por la Xunta de Galicia y ejecutado por APADEIM y Fundación Mujeres, se han analizado con las mujeres de las comunidades las repercusiones y secuelas negativas del cierre de las comisarías de la mujer y las reformas de la Ley 779 en la lucha contra la violencia que viven las mujeres en Nicaragua.
Dado que la violencia hacia la mujer es un obstáculo para el logro de la igualdad, la equidad, el desarrollo, la paz y la participación social, podemos decir que, actualmente, en Nicaragua la lucha por la defensa de los derechos y la vida de las mujeres encuentra mermado su grado de alcance a la justicia. El cierre, en el año 2016, de las comisarías de la mujer (donde se iniciaba la ruta de acceso a la justicia) fue solo el presagio de circunstancias futuras más lamentables, en las cuales el hermetismo gubernamental es muestra de una activa complicidad por parte de todo el sistema político nacional y se empiezan a ver las repercusiones negativas de haber aprobado el Reglamento de reforma a la Ley 779, que menosprecia la vida y el bienestar de las mujeres.
Es evidente que, con el cierre de las comisarías, se cerró también el principal acceso a la justicia y expone a las mujeres a mayor riesgo de muerte por feminicidio, pues de acuerdo a las reformas a la Ley 779 ya no se reciben las denuncias en la Policía, sino que envían a las mujeres a la Consejería Familiar, donde las animan a la reconciliación lo que, generalmente, las expone a continuar viviendo situaciones de violencia.Como parte de los gravámenes generados por el Reglamento a la Ley 779, se están tipificando actualmente femicidios con figuras jurídicas indiferentes como homicidios y, en niveles extremos, presuntos “suicidios” que no incurren en una penalización de los delitos según la pertinencia del caso. Todo esto en dependencia del contexto (público o privado) en donde fuese ejecutado el delito respectivo y sin mencionar las consecuentes denuncias que a la fecha yacen nulas o paralizadas en una sala penal.
Lo anterior acredita una funesta realidad a la que muchas mujeres se enfrentan en el contexto nacional, tal y como comentamos, producto de que la Ley 779 ha mutado al punto de dejar de ser en su esencia, una ley Integral contra la violencia hacia las mujeres, para transformarse en un instrumento legal que aporta más a un bienestar familiar y social y poniéndose en evidencia con ello, el incumplimiento del rol de las instituciones públicas encargadas de facilitar el acceso a la justicia de las mujeres.
Es por ello que, todos estos obstáculos presentados, son motivo para seguir luchando por una mayor visibilizacion de las realidades de muchas mujeres que están siendo víctimas de violencia, hacer conciencia de esta realidad y hacer uso de la denuncia real de estos casos a través de otros recursos como puede ser el Observatorio de Violencia basada en Género.