El trabajo autónomo ha carecido de regulación como tal hasta que se ha normalizado a través de la LEY 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
Hasta entonces las referencias del trabajador o trabajadora autónoma se encontraban dispersas por toda la legislación social, especialmente la legislación de seguridad social y de prevención de riesgos. En este sentido, cabe resaltar la importancia que tiene dicho Proyecto de Ley, pues se trata del primer ejemplo de regulación sistemática y unitaria del trabajo autónomo en la Unión Europea, lo que sin duda constituye un hito en nuestro ordenamiento jurídico.
En Andalucía, el tejido empresarial se encuentra altamente atomizado, siendo la pequeña empresa su piedra angular –nueve de cada diez empresas son micro empresas; dos de cada tres son trabajadores o trabajadoras autónomos –, y, por tanto, la base para la creación de riqueza y empleo.
Las mujeres van adquiriendo un mayor protagonismo en este ámbito, aunque aún no llegan a la mitad del total del colectivo de trabajadores y trabajadoras autónomos. A diciembre de 2006 el 31% de las personas autónomas eran mujeres, frente al 69% de hombres. No obstante, se experimenta una clara tendencia de aumento en el último periodo. De este modo el porcentaje del aumento de afiliaciones entre el mes de enero y el mes de septiembre de 2006 es mayor en las mujeres (4,41%) que en los hombres (3,41%). Esto convierte a Andalucía en la segunda comunidad con más autónomas, que suponen el 31% del total, según el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.