Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.aeat.es

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF a través de la cuenta contabilidad@fundacionmujeres.es

Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria

 

Fundaciones y Asociaciones sujetas a la Ley 49/2002

Actualizado con la entrada en vigor el 1 de enero 2024 del Real Decreto-ley 6/2023 de 19 de diciembre

*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

Actividad prioritaria de mecenazgo: todas las desgravaciones se incrementan en un 5%.